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San Pablo, Brasil del 27 al 29 de octubre del 2001 |
Circular UCIR en Castellano Nº 001
UNION CIENTIFICA INTERNACIONAL DE RADIESTESIA
(UCIR)
Vía Blanca y Carretera Central, San Miguel del Padrón, C. Habana, Cuba, CP 11000
Tlf. 557232, Fax.(537) 557004, e-mail lufriu@igp.minbas.cu
CIRCULAR No. 001, del 12 de abril del 2001.
La UCIR
fue creada el 23 de marzo del 2001, durante el Congreso Internacional de
Geología, GEOMIN 2001. Por acuerdo unánime de los siguientes
delegados, que representan al comité gestor:
| Alexander Dubrov | Rusia |
| Hans Dieter Betz | Alemania |
| Pedro Cores Uría | España |
| Guido Bassler | Argentina |
| Ursula Schachtner | Argentina |
| Sergio Areias | Brasil |
| Marcos Almeida | Brasil |
| Carlos Freire | Brasil |
| Leodegario Lufriú | Cuba |
| Laureano Orbera | Cuba |
| Boris Peña | Cuba |
| Nyls Ponce | Cuba |
Los objetivos de la UCIR serán:
Agrupar a personas que se interesan por la investigación o práctica de la radiestesia, para intercambiar información, que contribuya al aumento del conocimiento científico.
Contribuir a la solución de diferentes problemas relacionados con las siguientes temáticas: Cartografía geológica, prospección de minerales sólidos, prospección de agua, tareas ingeniero geológicas, tareas relacionadas con la espeleología, prospección arqueológica, determinación de zonas geopatógenas, estudio de las radiaciones cosmotelúricas, predicción de terremotos, otras tareas que ayuden a elevar la calidad de vida del hombre.
Promover la divulgación científica sobre la temática de la radiestesia.
Propiciar la organización de
cursos, conferencias, seminarios, congresos, etc., que permitan un intercambio
sostenido de información.
Requisitos de afiliación:
Poseer un curriculum que muestre los trabajos realizados, tanto investigaciones como aplicaciones, publicaciones, cursos, trabajos presentados en eventos etc.
Miembros fundadores de la UCIR se considerarán a todas las personas que presenten sus curriculum y sean aprobados antes del 12 de abril 2002.
Dr. Leodegario Lufriú Díaz
Presidente, e-mail lufriu@igp.minbas.cu
Prof. Juan Carlos Russo
Responsable de Comunicaciones, e-mail
russocar@fibertel.com.ar
Msc. Boris Peña Fortes
Secretario, tesorero, e-mail fdo@geo.uh.cu
Memorias
del IV Congreso de Geologia en Cuba
Vía Blanca y Carretera
Central, San Miguel del Padrón, C. Habana,
Cuba, CP 11000, Tlf. 557232,
Fax.(537) 557004, e-mail lufriu@igp.minbas.cu
SEDE MATRIZ
FUNDADA EL 23-III-2001
Secretaria de Comunicaciones,
e-mail jrusso@fibertel.com.ar
ESTATUTOS
CAPITULO 1: Del nombre, objeto, domicilio, e inscripción de la Unión.
ARTICULO 1: La Unión se denominará: UNION CIENTIFICA
INTERNACIONAL DE
RADIESTESIA (UCIR)
ARTICULO 2: Serán objetivos de la UCIR.
Agrupar a personas que se interesen por la investigación
o práctica de la
Radiestesia, para intercambiar información, que contribuya
al aumento del
conocimiento científico, sin carácter lucrativo.
Contribuir a la solución de diferentes problemas relacionados
con las
siguientes temáticas: Cartografía geológica,
prospección de minerales
sólidos, prospección de agua, tareas ingeniero
geológicas, tareas
relacionadas con la Espeleología, prospección arqueológica,
determinación
de zonas geopatógenas, estudio de las radiaciones cósmicas
y telúricas,
estudio de la incidencia de campos electromagnéticos sobre
los organismos
vivientes, prevención de terremotos, y toda otra tarea
que ayude a elevar
la calidad de vida del hombre y preservación de su medio ambiente.
Promover la divulgación científica sobre la temática
de la Radiestesia y
Geobiología.-
Propiciar la organización de cursos, conferencias, seminarios,
congresos,
etc., que permitan un intercambio sostenido de información.
Servir como órgano de consulta para la temática
de la Geobiología y la
Radiestesia a instituciones gubernamentales y no gubernamentales.
Apoyar la realización de proyectos internacionales de investigación
de
temas de Geobiologia y Radiestesia o afines a estas.
ARTICULO 3: La sede social matriz de la UCIR será el INSTITUTO
DE GEOLOGIA
Y PALEONTOLOGIA de la República de Cuba.
ARTICULO 4: La UCIR será registrada en la República
de Cuba, conforme a las
regulaciones legales vigentes.
UCIR podrá autorizar gestiones para registrarse oficialmente
en otros
países en cuanto no se opongan a lo establecido
en el presente Estatuto y
a las leyes locales de cada país.-
CAPITULO 2: De los miembros
ARTICULO 5: Se establecerán las categorías de:
a. Miembro de número.
b. Miembro colaborador.
c. Miembro emérito.
ARTICULO 6: Podrán ser miembros de número todos
las personas que tengan un
curriculum que muestre la actividad científica realizada
en aplicaciones,
docencia, y/o investigaciones sobre la temática de la
Geobiología y
Radiestesia.
ARTICULO 7: Podrán ser miembros colaboradores aquellas
personas que tengan
la voluntad de ayudar a la UCIR en el cumplimiento de sus
objetivos,
mediante la realización de diferentes trabajos de apoyo.
ARTICULO 8: Serán miembros eméritos, personalidades
destacadas de las
Ciencias, cuyo ingreso sea estimado de alto prestigio para la
UCIR.
ARTICULO 9: Se considerarán además de las categorías
mencionadas en el
artículo 5 el reconocimiento como Miembro Fundador a todas
aquellas
personas que hagan efectivo su ingreso antes del 12 de abril de 2002.
ARTICULO 10: Serán deberes de los miembros:
a. Estimular y/o contribuir al desarrollo de las investigaciones
y
aplicaciones de la Geobiología y Radiestesia en función
del desarrollo
económico,social y ecológico del planeta.
b. Cumplir con todo lo establecido en el presente estatuto.
c. Cuidar la ética profesional y la unidad de la UCIR.
d. Cooperar con la UCIR en todas las tareas posibles.
e. Cuidar del prestigio de los miembros de la Unión.
f. Velar por la calidad científica de toda actividad o
publicación que se
realice.
ARTICULO 11: Serán derecho de los miembros.
a. Participar en la elección de los directivos de la Unión.
b. Ser elegido como directivo de la Unión.
c. Recibir toda la información que emane de la Unión.
d. Expresar libremente su opinión sobre cualquier tema
de interés para la
Unión.
CAPITULO 3: De la dirección de la UCIR .
ARTICULO 12: La dirección de la UCIR estará integrada por:
Presidente
Un vice-presidente por país o junta con delegación
ante UCIR de forma
unificada.-
Secretario tesorero: Siempre funcionará en el país sede de la Presidencia.
Secretario de comunicaciones
ARTICULO 13: Los órganos de dirección de la UCIR
se integran, funcionan y
desarrollan su actividad sobre la base de los principios de la
democracia,
y serán electivos y renovables cada 2 años. Pueden ser
reelegidos sin límites
de períodos cumplidos.
En caso de situaciones especiales y en beneficio de garantizar
el trabajo
sostenido de la Unión, la dirección podrá
autorizar cambios de directivos
en períodos menores al señalado anteriormente. Todos
los directivos después de
propuestos deben ser aprobados por la dirección de la
UCIR.
ARTICULO 14: Los elegidos como directivos de la UCIR tienen
el deber de
rendir cuenta de su actuación ante los miembros de la
Unión y estos tienen
el derecho de revocarlos cuando no justifiquen la confianza puesta
en
ellos.
ARTICULO 15: La Reunión General de la UCIR es el
órgano máximo de
dirección de la Unión y se realizará, según
las posibilidades, con los
vice-presidentes y representantes de los países que conformaran
la Junta
Directiva. Preferentemente estas reuniones se realizarán
en los eventos
internacionales que se puedan organizar.
CAPITULO 4: De la subvención de los gastos:
ARTICULO 16: El patrimonio de la Unión está constituido
por los siguientes
recursos.
a. Las donaciones que los asociados o terceras personas hicieran
en dinero
o en bienes.
b. Las donaciones que hicieren instituciones estatales o privadas
en dinero
o en bienes.
CAPITULO 5: Sobre la información que difundirá UCIR .
ARTICULO 17: La UCIR difundirá información
sobre la temática de la
Radiestesia que cumpla con los siguientes requisitos:
a) Trabajos presentados en eventos de la ciencia oficial.
b) Artículos publicados en revistas científicas
de reconocido prestigio
internacional.
c) Trabajos científicos defendidos en centros universitarios
para la
obtención de maestrías o doctorados.
d) Trabajos validados por los doctores de UCIR.